MQuatro Aholularitza

13/02/2025

La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado importantes modificaciones en los Reglamentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y el Impuesto sobre Sociedades, que se implementarán a partir del ejercicio 2025. Estas modificaciones siguen lo dispuesto en la Norma Foral 4/2024, de 27 de diciembre, y desarrollan diversas cuestiones que afectan tanto a personas físicas como a empresas, con el objetivo de adaptar la normativa tributaria a nuevas realidades sociales y económicas.

Una de las principales novedades es la exención de las ayudas previstas en el Programa Emantzipa de emancipación juvenil. Este programa, regulado por el Decreto 191/2023, está diseñado para apoyar a jóvenes que inician o consolidan su proceso de emancipación. Para beneficiarse de las ayudas, los jóvenes deben ser titulares de un contrato de arrendamiento o compraventa de una vivienda libre en Euskadi. Las ayudas pueden alcanzar un máximo de 300 euros mensuales durante un periodo de hasta 24 meses, siempre que se mantengan los requisitos establecidos. Con esta modificación, Bizkaia asegura que los jóvenes beneficiarios no tendrán que tributar por las ayudas recibidas, lo que mejora su situación financiera.

En el ámbito del impuesto sobre la renta de las personas físicas, se ha introducido un nuevo tratamiento fiscal para las actividades artísticas. Esta modificación establece que las personas físicas que se dediquen a actividades artísticas podrán aplicar una deducción del 40% sobre la diferencia entre los ingresos y los gastos relacionados con su actividad. Esta medida es un avance significativo respecto al 10% de deducción general aplicable en la estimación directa simplificada. Con ello, Bizkaia se posiciona como pionera en la creación de un régimen fiscal específico para los artistas, reconociendo las particularidades de su trabajo. Se espera que alrededor del 65% de los contribuyentes del sector se beneficien de esta nueva normativa.

El régimen fiscal aplicado a los artistas abarca una amplia variedad de actividades, incluidas las artes plásticas, visuales, escénicas, audiovisuales, musicales y literarias. También se reconoce el trabajo de apoyo técnico necesario para la realización de estas actividades, como el montaje de eventos o la asistencia técnica. No obstante, quedan excluidas aquellas actividades que sean consideradas contrarias a los derechos de las personas o que promuevan discriminación.

Estas modificaciones también continúan con los ajustes iniciados en 2023 para apoyar al sector artístico. En ese año, Bizkaia ya había reducido el tipo de retención del 15% al 7% para los artistas con rendimientos inferiores a 15.000 euros anuales, lo que les permite una mayor liquidez. Además, en 2024, se introdujeron cambios en los epígrafes de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), incluyendo la creación de un sub epígrafe específico para el versolari, lo que refleja un mayor reconocimiento a las actividades culturales locales.

Estas reformas representan un paso importante para mejorar la fiscalidad en Bizkaia, especialmente para sectores como el arte, que históricamente han tenido necesidades fiscales particulares. Con estas modificaciones, se busca no solo mejorar la situación económica de los contribuyentes, sino también fomentar el crecimiento y desarrollo de sectores clave en la cultura y la juventud.

ES